Oposición de marca: Qué es, para qué sirve y cómo funciona



La protección de la Propiedad Industrial es un tema de suma importancia para los dueños de marcas, ya que brinda protección a la legitimidad de marca ante la posible apropiación de su identidad y da seguridad ante las prácticas desleales. No obstante, se trata de un sistema en constante cambio, por lo que es importante mantenerse al tanto de los nuevos procedimientos.


En el año 2016 se efectuaron modificaciones en la manera de manejar las investigaciones relacionadas con el registro de la propiedad de marca, pues entró en vigor el Sistema de Oposición de Marcas, que permite a un interesado intervenir en el proceso de registro cuando considere que la existencia de una nueva marca puede comprometer la propia de alguna manera. Posteriormente, en el año 2020 el sistema sufrió nuevos cambios gracias a la entrada de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, la cual mostró cambios a lo decretado por  la Ley de Propiedad Industrial.



¿Cuándo se debe solicitar una Oposición de marca?


Hasta hace unos años, el sistema impedía que un tercero acudiera a ante el IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial) para declarar que sus derechos estaban siendo violentados, sino que la misma institución era la encargada de llevar a cabo un examen para determinar si era necesario un procedimiento al respecto.


Actualmente, cualquier interesado puede presentar la reclamación por medio de la Oposición de marca, un instrumento legal permite externar, de acuerdo con lo estipulado por la LFPPI (Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial), su desacuerdo con el registro de una nueva marca cuando crea que hay posibilidad de imitación o apropiación.


Los argumentos para solicitar la posición de marca son variados:


  • Alegar una semejanza que puede causar confusión

  • La falta de distintivos suficientes en una solicitud nueva

  • Aprovechamiento del prestigio de una marca ya existente

La realidad es que no existe una sola causante delimitada por la ley y se pueden expresar varias a la vez.



¿Cuál es su fundamento legal?


En el Título Cuarto Capítulo VI de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial se establece el procedimiento a seguir para solicitar el registro de una marca, pero a su vez establece cómo se puede llevar a cabo una Oposición de marca.


Según lo establecido en el artículo 221, cualquier tercero puede presentar una oposición, mientras considere y demuestre que el registro va en contra de los establecido por los artículos 12 y 173 de la misma ley, los cuales establecen bajo qué circunstancias no se puede otorgar el registro y cuáles elementos no son registrables.



¿Cómo es el procedimiento para una Oposición de marca?


Es importante resaltar que, a diferencia de en otros sistemas, el proceso mexicano no se lleva a cabo ante tribunales o juntas, sino que la disputa es resuelta directamente por los examinadores de marcas. En primera instancia, debe existir una solicitud de registro, la cual debe ser publicada en la Gaceta del Instituto Méxicano de la Propiedad Industrial en un plazo máximo de 10 días después de su recepción. Posterior a esto, el procedimiento para presentar una Oposición de marca sería el siguiente:


1. Una vez publicada la solicitud, el interesado tiene un plazo máximo de un mes para la presentación de la oposición de registro ante el IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial). En este escrito debe presentar sus argumentos y pruebas que den justificación a su oposición.


2. Se hace una revisión de la Oposición para comprobar que cumple con los requisitos para su publicación en la Gaceta del IMPI.


3. Una vez publicada la Oposición, el solicitante del registro tendrá dos meses para dar una respuesta a la acción legal. En caso de no haber respuesta en el tiempo estipulado, se considerará que se trata de un abandono de la solicitud y será requerida una nueva petición de registro.


4. En caso de que haya una respuesta a la Oposición, el Instituto deberá realizar un contraste entre los argumentos contenidos en los escritos entregados por ambas partes para determinar la viabilidad de cada petición y determinar si el registro es posible o no.


5. Una vez realizado el análisis, el Instituto aprobará o negará la solicitud de registro. Esta decisión será comunicada tanto al solicitante como al oponente.


Este proceso puede ser simple y tiene varias ventajas, ya que permite brindar mayor seguridad jurídica a la legitimidad de la marca, inhibir prácticas desleales de apropiación y asegurar la protección de los derechos de Propiedad Industrial.


Si tienes alguna duda sobre la utilidad de este instrumento legal y sus implicaciones para los dueños de marcas, en Legal & Digital contamos con expertos que pueden asesorarte.



Servicio de Registro de marca
 


Referencias:
- Sistema de Oposición | Secretaría de Economía
- El actual procedimiento de oposición en México… y las críticas que lo rodean | Herrero & Asociados
- Sistema de Oposición de marcas en México | Concreta


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Acerca del Autor

Humanista de formación. Copy, redactora y marketer principiante, con un creciente interés por el marketing digital y el diseño. Lectora experimentada, amante de la animación, fan del cine y adicta a las series en su tiempo libre. Fiel creyente de que las historias son la llave para el aprendizaje, el autoconocimiento y la empatía.